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29 de septiembre de 2014

Cancelación registral de una hipoteca

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Este artículo está basado en una experiencia real. Se trata de que una persona para vender una vivienda cuya hipoteca estaba saldada por tratarse de un piso comprado originalmente a finales de los años 60, pero cuya cancelación en el registro no se hizo. Ahora para vender necesita hacer dicha cancelación registral, lo cual le supone una serie de pasos que se explican a continuación.

Hipoteca, conocida palabra que implica que se origina en un vocablo griego. En el terreno práctico significa que adquieres una vivienda u otro tipo de inmueble, el banco te da crédito para pagarlo, y mientras no le devuelvas al banco lo que te ha prestado con intereses, el inmueble no es tuyo. Y si en algún momento no puedes hacer frente al pago mensual de la obligación con el banco, este se queda con la vivienda o inmueble. Pero hoy quiero explicar lo que hay que hacer cuando se ha terminado de pagar la deuda con el banco (hipoteca) caso de que se quiera vender la vivienda. Tienes que hacer la cancelación registral de la hipoteca.

Cuando se inició la hipoteca, esta quedó plasmada en una Escritura Pública inscrita después en el Registro de la Propiedad. Por lo tanto, mientras no inscribas en el Registro de la Propiedad la nueva situación, al pedir una nota simple por ejemplo, para conocer las cargas, te aparecerá esta carga aunque hayas terminado de pagar la hipoteca.

Paso 1: Ir al banco, y pedir un certificado de deuda cero. El banco no puede cobrarte por esto nada, pero puede intentar "engancharte" para hacerte el papeleo siguiente, con lo que te puede confundir y acabarás pagando al banco un dinero que te puedes ahorrar.

Paso 2: Ir a una notaría para realizar una Escritura de Cancelación de Hipoteca. Para hacerla necesitas el certificado bancario del paso 1. Esto tiene evidentemente un coste que conviene preguntar de antemano para evitar sorpresas.

Paso 3: Pasados unos días y tras recoger la Escritura de la notaría, hay que llevarla al Registro de la Propiedad para inscribirla. Tendrás que pagar nuevamente por los conceptos correspondientes. Pregunta primero cuanto te puede costar para evitar sorpresas.

Ya has cancelado registralmente la hipoteca. Ya no consta que tengas la deuda. En la nota simple aparece la nueva situación. El trámite te ha costado un dinero y días de gestiones. ¡Enhorabuena!

Acerca de la cancelación de hipoteca encontré en internet algunas cosas que me sirvieron, por ejemplo esta:

Toñi García García · Vélez-MálagaLa cancelación de hipoteca es una inscripción voluntaria en el Registro de la Propiedad, por tanto, puede estar cancelada de hecho en el banco y la hipoteca sigue apareciendo como carga en la finca. Su cancelación se hace mediante escritura pública, compareciendo un representante de la entidad acreedora que presta su consentimiento en la cancelación. Existe la posibilidad de cancelar la hipoteca por caducidad, una vez transcurridos 21 años desde la fecha de vencimiento del prestamo establecido en la escritura de hipoteca mediante la presentación de una instancia con firma legitimada notarialmente (no es necesaria escritura), siempre que el solicitante sea titular de algún derecho en la finca. Esto viene regulado en el artículo 82.5 de la Ley Hipotecaria.


El pasado mes de Agosto realicé una consulta a la web del Banco de España, que me fue respondida, y que pongo a continuación porque contiene información de interés:

En contestación a su escrito recibido el día 28 de julio de 2014, hay que advertir en primer lugar, que la finalidad de este Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones, es la de atender dudas y consultas relativas a cuestiones de interés general sobre los derechos de los usuarios de servicios financieros en materia de transparencia y protección de la clientela, y sobre los cauces legales para su ejercicio, así como informarles sobre los requisitos que la normativa vigente imponga a las actuaciones que el interesado pueda precisar, o sobre las características genéricas de los distintos tipos de procedimientos para hacerlos valer y órganos competentes para su conocimiento y resolución.
No obstante, le informamos que el Artículo 82, del Texto Refundido de la Ley Hipotecaria, aprobado por Decreto de 8 de febrero 1946, establece que "Las inscripciones o anotaciones preventivas hechas en virtud de escritura pública, no se cancelarán sino por sentencia contra la cual no se halle pendiente recurso de casación, o por otra escritura o documento auténtico, en el cual preste su consentimiento para la cancelación la persona a cuyo favor se hubiere hecho la inscripción o anotación, o sus causa-habientes o representantes legítimos".
 Consecuentemente, el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España considera que, sobre la base de dicha norma y acorde a criterios de buenas prácticas bancarias, las entidades no están legitimadas para el cobro de importe alguno por la simple emisión de certificado de cancelación económica de la deuda ni, alternativamente, por su comparecencia en notaría, si la declaración de cancelación de la misma se incorpora en escritura pública.
Derivado de la posibilidad de que los clientes lleven a cabo por sí mismos los trámites necesarios para la cancelación registral de su hipoteca, obtenida certificación de haberse pagado la deuda, las entidades financieras únicamente prestarán este servicio si lo solicita su cliente (entendiendo por tal, en las cancelaciones de préstamos hipotecarios, bien el titular del préstamo, bien la persona que está interesada en esta cancelación notarial). En este supuesto, resulta imprescindible, para que el cobro de la comisión que lo retribuye pueda considerarse procedente, que el cliente preste su consentimiento previo, no sólo a que la entidad realice este servicio, sino a que se le adeuden las comisiones establecidas e informadas por este concepto.
Así, la comisión remunera la preparación de la documentación necesaria, a petición del cliente, para que sea la entidad la que realice las gestiones y tramitaciones precisas para la cancelación registral de su hipoteca. Es por ello que el Departamento de
Secretaría General Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España exige que se acredite que se ha prestado un verdadero servicio al cliente, sin que quepa incluir en este supuesto:
- La entrega al cliente de la documentación justificativa de la extinción de la obligación contractual frente a la entidad (el mero otorgamiento de la carta notarial de pago o la emisión de un certificado de deuda cero).
- El simple desplazamiento del apoderado de la entidad a la notaría que a esos efectos indique el cliente ya que, en estos supuestos, la actividad desarrollada no es otra cosa que el consentimiento otorgado por el acreedor hipotecario (exigido por el artículo 82 de la Ley Hipotecaria) para la cancelación de una inscripción hecha a su favor en virtud de escritura pública.
No obstante, si a la vista de todo lo anterior, considera que la entidad financiera se ha apartado de dicho criterio, le indicamos que podrá encontrar información sobre el procedimiento para presentar la reclamación y sus requisitos a través del siguiente enlace a nuestra página web:
http://www.bde.es/bde/es/secciones/servicios/Particulares_y_e/Servicio_de_Recl/

Gracias por utilizar nuestro servicio de consultas, esperamos que nuestra respuesta le haya sido de utilidad.
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO,

¿CUANTO CUESTA REGISTRAR LA ESCRITURA DE CANCELACIÓN DE HIPOTECA?


Los aranceles registrales ascienden como mínimo a 24 euros, pero depende del valor de la hipoteca.

Toda la información en:  Guía para cancelar una hipoteca sin pagar de más en el intento | mercados | Cinco Días  http://cincodias.com/cincodias/2013/01/14/mercados/1358382403_850215.html#bce6OZubsoRcH3Dc

El Arancel de los Registradores de la Propiedad es el aprobado por el RD 1427/1987 de 17 de noviembre. Arancel anteriormente vigente Decreto 3234/1971. El anterior era de 1951.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-28112

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/rd1427-1989.html

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1215197983369/Estructura_P/1215198329046/Detalle.html

http://www.i-hipotecas.es/cancelacion-hipoteca/registro-propiedad.html


¿CUANTO COBRAN LOS NOTARIOS?

Desde el 11 de mayo de 2012 y mediante el Real Decreto-ley 18/2012, los honorarios de los notarios han subido y son de 90 euros como mínimo.

Toda la información en:  Guía para cancelar una hipoteca sin pagar de más en el intento | mercados | Cinco Días  http://cincodias.com/cincodias/2013/01/14/mercados/1358382403_850215.html#bce6OZubsoRcH3Dc





20 de julio de 2014

Móvil+Adsl de Amena.com

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Pinché hoy en un banner para ver de que iba la oferta de Amena. Este.

Dos frases de la campaña que aparecen en el banner: "Preguntate porqué" "¿No puedes tenerlo todo?" Y una foto de un hombre y una mujer sonrientes en una pose y besándose en otra.

Bueno, pues yo me pregunto porqué, y pincho para ver. De momento decir que en el banner veo que el precio de la oferta incluye el Iva, lo cual no hace a día de hoy Jazztel (ver mi entrada del blog del día   ).

El ADSL Es una tecnología de acceso a Internet debanda ancha, lo que implica una velocidad superior a una conexión por módem en la transferencia de datos (wikipedia.es). En español la sigla ADSL significa "línea de abonado asimétrica".


El ADSL que ofrece amena.com es el ADSL de Orange. El banner que te indica que esto sólo te cuesta 16,75 € al mes y que lleva también servicio de móvil es engañoso. Y si no examinen este otro banner y comparen con el anterior, a ver si lo comprenden.

Primera duda: ¿Con quien estoy contratando el ADSL, con Amena o con Orange? Un poco confuso esto.
Segunda duda: La letra pequeña me indica que el ADSL lleva incluida una cuota de línea, y más el IVA todo sale por 27,95 € / mes, es decir, ya lo que decía el banner de color verde, no sirve.

No puedes contratar el ADSL sin ser cliente de Amena por tanto primero hay que contratar el móvil.





El banner me indica que el servicio de MÓVIL consiste en 1,5 GB y 0 céntimos/minuto. El primer valor que indica, es decir 1,5 GB se está refiriendo a la navegación por internet con tu teléfono móvil. Para hacer sencilla la explicación. Su usas mucho el móvil para internet, tienes un límite de 1,5 GB al mes. Esto puede no ser un problema, pero siempre hay que leer la "letra pequeña" para saber lo que estás contratando. Entiendo que no toda la gente se maneja bien con estas nomenclaturas y datos. Mientras no hayas superado el límite navegaras a la máxima velocidad, la cual la publicidad no indica cual es, caso de que lo alcances, la velocidad baja a 64kb. Se puede seguir usando el móvil para navegar con esa velocidad pero esa velocidad es como una tortuga.

La página web de Amena indica esta información de una forma bastante clara y precisa en mi opinión. Una sóla pega, y es que hay algo de publicidad engañosa en el primer banner publicitario, ya que indica 1,5 GB pero realmente esto tiene una explicación importante que te enteras sólo si pinchas en el banner, y no te confudes y tienes gran agudeza.

Tampoco ayuda a la claridad la siguiente publicidad, donde pareciera como si la oferta incluyera 2 GB en vez de 1,5 GB. Esto es en mi opinión, publicidad engañosa porque da a la confusión del usuario. Para averiguar "la trampa" tienes que seguir profundizando en la web, pero algunos o muchos han podido contratar ya en este paso, sin saberlo. Es más cómodo ver las letras grandes que las pequeñas. Llama más la atención fijarte en los banners de publicidad que anuncian de formas llamativas los productos. Pero es desaconsejable guiarse por ellos, como es este caso que no deja clara la oferta.


Aún es peor. La letra pequeña te dirá finalmente que no son 1,5 GB, sino que es 1 GB y que los 500 MB (la mitad de un GIGA BYTE) es sólo hasta el 30 de septiembre. Ya va cambiando la cosa. Aún así puede interesar, pero la publicidad incumple con la máxima transparencia y eso crea desconfianza en el consumidor.

Lo siguiente que analizo es el precio de las llamadas de móvil. La oferta me indica 0 céntimos/minuto es decir, gratis. Nuevamente hay que leer la letra pequeña. No es del todo cierto. El establecimiento de llamada lo cobran, y son 18 céntimos/llamada. Es decir llamar no sale gratis, y eso te vendrá en la factura, y puede ser una sorpresa para el que no lo espera. Nuevamente la web lo explica bastante bien en mi opinión, pero debes leerlo, porque no es lo que dice la publicidad. Nuevamente esto puede llevar a la confusión, por lo tanto es engañoso. Lo que pagas a Amena en esta oferta son 6,95 € al mes, en concepto de cuota, pero eso que puede parecer precioso, se afea un poco cuando te das cuenta que la factura nunca indicará esa cantidad, sino que te pondrá también el consumo que hagas (los establecimientos de llamada).

Por último la oferta también indica esto:

60 minutos de voz sobre IP en llamadas nacionales e internacionales. ¿Esto que es?

Se trata de un servicio con el cual se pueden hacer "llamadas de voz" usando la conexión de datos (internet) de tu móvil. Para ello es preciso descargarse gratuitamente una aplicación llamada Libon.  Esta aplicación permite enviar también mensajes instantáneos con ficheros (fotos y audio), y tiene un buzón de voz visual. Pero de nuevo hay que leer la letra pequeña. Esto es una promoción que dura 6 meses y en algunos casos 3 meses. A partir de ahí se presupone que el servicio lo tienes que pagar, aunque la web de Amena.com no dice nada al respecto.



Francisco Javier Madueño Valero es
Técnico Superior en Servicios al Consumidor.

14 de julio de 2014

Jazztel, publicidad engañosa, año 2014

1 comentario:
Jazztel es una empresa de telecomunicaciones que ofrece sus servicios en España. Sus servicios incluyen telefonía móvil o fija e internet por ADSL o Fibra Óptica. Esta empresa comenzó a funcionar en 1998.

Daré mi opinión acerca de la web de Jazztel, vigente en esta fecha. Como todas las empresas de este tipo que conozco en España, la web va encaminada a captar clientes nuevos procedentes de otras compañías. A primera vista me destaca el uso frecuente de la palabra "¡Cambiate" y de "Gratis".

Pero lo primero que me destaca es la cara de un presentador de televisión que es el "rostro de Jazztel" en estos momentos. Sin embargo el método de ir pasando banners y rótulos con diversas ofertas en intervalos de 8-9 segundos a mi sólo me añade confusión. Pincho una a ver que pasa:


Aquí parece que me regalaran un móvil Smartphone contratando un producto determinado, en este caso ADSL+Móvil. ¿Que será? Pincho encima del banner y me sale otra página en la que "se me recomienda" elegir entre dos packs que incluyen ADSL+Móvil. Uno más barato y otro más caro.


No me parece ético ni correcto, ya que esta práctica es engañosa para el consumidor. A mi me engañó durante algunos minutos, haciéndome creer que ese era el precio definitivo. Tengo que advertir que NO LO ES. Y que la Ley 34/88 de 1988 indica que la publicidad engañosa es ilícita. Además es interesante ver el artículo 5 de la Ley 3/1991 que habla de los actos de engaño.

Me pregunto cuantos clientes pueden haber caído en esa red.

Ya el Instituto Nacional de Consumo advirtió a las compañías telefónicas sobre esta práctica en el año 2013 que además atenta contra la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios en su artículo 20, según informa esta web.

Vuelvo a las ofertas antes citadas.

¿Cual es la velocidad de internet?

Depende de la oferta, pero lo que me confunde otra vez es cuando dice: "Velocidad hasta 30 MB"



Y me pregunto: ¿Hasta? O son 30 o no son 30, pero ¿Hasta, que significa?

Imposible saberlo en la web.

Un poco más abajo me indica que puedo ver más información. Pincho.

Ojo aquí. Verás una sección de precios y condiciones, nuevamente el precio es engañoso, ya que no incluye los impuestos (IVA). A continuación te indica Móvil 0 €, que parece ser que debe ser el Smartphone que ponía en el banner inicial, pero aquí sólo indica un genérico "Móvil". Pero la confusión sigue cuando más abajo ves el nombre de una marca de Móvil diferente. A mi me ha salido un LG Optimus L4 II. ¿Que es esto? Tardé un rato en averiguarlo a través de la web. Tuve que volver atrás. Pero de rebote me doy cuenta que hay otros conceptos en esta información: Una cuota de línea de 14,99 € (sin IVA), que casi vale lo mismo que el "Pack ahorro". Me regalan SIM que no se que es, y me regalan un router wifi valorado según jazztel en 35,00 €, y además, ¡tachan tachan!, me cobran los gastos de envío de 9,95 €, que según Jazztel serían 19,90 €, y eso si que lo pongo en duda, porque yo de gastos de envío entiendo un poco.


En la página anterior observo que dice que incluya un terminal al Pack Ahorro:

Claro. Lo primero que pensé es: Cómo te dan un móvil gratis, este es. PUES NO. ¡CUIDADO! Una misteriosa cruz en un círculo gris al lado del móvil me intriga. En ningún sitio te invita o explica a darle, pero está ahí. Y le pincho. ¡Y zas! El móvil se oculta de mi vista. Ah, ya empiezo a comprender. Y sin pinchas otra vez donde se cerró, ¿que pasa?

Me vuelve a invitar a incluir un terminal en mi oferta elegida. Ahora te da la opción que selecciones marca y modelo.

Y elijo este:

Hecho esto, sigo bajando y tengo una especie de facturita de lo que me costará todo. Nuevamente el precio no es el definitivo, porque le falta el IVA.  Además observo como el terminal elegido no es gratis como decía el banner publicitario, sino que indica que tiene un pago mensual de 3,00 € / mes durante 24 meses. Estoy confundido y algo molesto. Además, más abajo ya hay un coste adicional más que no destacaba cuando decía la publicidad a bombo y platillo que el Pack ahorro eran 19,95 € mes. Pues no señores. No eran 19,95 € al mes. Faltaba el IVA y faltaba la cuota de línea la cual por supuesto también viene aquí indicada sin IVA.

Un minúsculo asterisco de llamada junto a la pregunta ¿cuanto vas a pagar? que pasa inadvertido en mi primera pasada, me hace buscar un poco más abajo y encontrar lo siguiente, con un tipo de letra pequeñito y algo difuminada por el color gris:


PRECIOS SIN IVA. Bien por Jazztel. No lo ponen pero avisan, y si tienes mucha agudeza visual y gran dominio de internet y destreza en estos asuntos, podrás calcular cuanto te cuesta todo, antes de contratar. Eso si, no es todo. Aún queda la enigmática frase "Ver condiciones generales de las promociones". ¿Que es esto? Letra pequeña, y no es un tópico. Es que es pequeña, y además es mejor que la leas siempre. Pincho. Un poco exhausto y mareado de tanto investigar. 

Lo primero que me llama la atención es que ajajá: los precios aquí ya SI aparecen con el IVA incluido. La pregunta es: ¿Porque aquí si, y en la web donde lo ves por primera vez no? Dejo al lector, la interpretación. Yo lo tengo claro. Atento también a las penalizaciones por baja anticipada  si tienes un móvil en cesión (llamar para aclarar esto), que pueden ser hasta de 699 €.

Con esta información que escribo sólo preendo aclarar posibles dudas a los posibles clientes de Jazztel, y sobre todo cumplir con la Ley General de defensa de los Consumidores y Usuarios que en su artículo 8 apartado d, dice que es un derecho que tenemos todos los consumidores el siguiente:
La información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute.
Pues bien, eso trato de hacer aquí, educar y divulgar para facilitar el conocimiento de los servicios de Jazztel, amparado además en mi derecho a la libertad de expresión.

También llamo la atención sobre el artículo 20 apartado c que indica lo siguiente:

Artículo 20 Información necesaria en la oferta comercial de bienes y servicios
1. Las prácticas comerciales que, de un modo adecuado al medio de comunicación utilizado, incluyan información sobre las características del bien o servicio y su precio, posibilitando que el consumidor o usuario tome una decisión sobre la contratación, deberán contener, si no se desprende ya claramente del contexto, al menos la siguiente información:
  • c) El precio final completo, incluidos los impuestos, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación a la oferta y los gastos adicionales que se repercutan al consumidor o usuario.



En conclusión, la práctica que realiza Jazztel para conseguir clientes en su web no me parece correcta, y mientras realice estas prácticas nunca contrataré un servicio con esta compañía. Jazztel debe mejorar mucho en la forma que tiene de ofrecer sus servicios, si de verdad quiere ser una empresa seria y fiable. Es mi opinión.

Francisco Javier Madueño Valero es
Técnico Superior en Servicios al Consumidor.

20 de octubre de 2012

¿Cómo efectuar una reclamación a ONO?

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Si tiene algún problema con ONO, y desea efectuar una reclamación puede hacerlo usted mismo a través del area de clientes de ONO.

Para acceder es preciso identificarse como cliente aquí
https://www.ono.es/clientes/registro/login/

Una vez dentro pinchas sobre reclamación.

También puedes confiarme a mi tu reclamación. Soy técnico superior en servicios al consumidor, y realizaré por ti la gestión para defender tus derechos como consumidor y usuario. Puedes escribirme tu caso a fjaviermv@lycos.com.



5 de mayo de 2012

Traidores del MSN

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Si te llega un mensaje de alguno de tus amigos, o contactos, o de un desconocido, tal que así:

Debes saber que NO DEBES hacer click ni curiosear que hay detrás, a no ser que quieras poner en riesgo la seguridad de tu ordenador. Estos mensajes son FALSOS (Fakes). Este correo parece que tendría como fin enterarte quien te ha eliminado de tu lista de contactos de Windows Live Messenger (antiguo MSN Messenger). Te lleva a un sitio FALSO que se adueñará de tu cuenta de correo para enviar SPAM a todos tus contactos. Cada uno que pinche, nuevamente ocurrirá lo mismo con sus contactos, de forma que este virus INFECTARÁ EL ORDENADOR DE MUCHAS PERSONAS EN POCO TIEMPO. ¿Y como lo hace? Porque este virus se adueña de la contraseña de tu correo electróonico, que además podrá servir para mandar virus, troyanos y publicidad a todos los contactos afectados. El robo de tu contraseña, es porque al entrar en la página en cuestión te la pide, y la gente que se la da, YA ESTÁ. ¡Robada!. Tus datos terminan en una base de datos que luego será usada con diversos fines. Como siempre digo, lo mejor para no SER INFECTADO es NO SER CURIOSO con lo que no estés seguro que es ALGO VERDADERO. La curiosidad mata al gato. En este caso, mata la seguridad de tu ordenador.

Francisco J. Madueño
Técnico Superior en Servicios al Consumidor.



4 de mayo de 2012

VIRUS: CLICK AQUÍ PARA VER LAS IMÁGENES ADJUNTAS

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Si recibes un e-mail de algún conocido con algún texto similar a este


Click aqui para ver las imagenes adjuntas


No pinches en el, pues no te lo ha mandado tu amigo. Es un troyano, que se propaga automáticamente entre los contactos que tienen cuentas de correo de Hotmail, según he podido averiguar.


Es decir, que si pinchas en el enlace, el mensaje se reenviará a todos tus contactos, y si estos pinchas, se van infectando unos a otros. 


Por regla general se recomienda NO PINCHAR NUNCA en enlaces que no sean de absoluta confianza, para evitar problemas.


El asunto del mesaje puede tener una palabra como "hola", o "mira esto". Y como la persona que te lo envía es conocida, puede dar la curiosidad de mirar. "La curiosidad mata al gato."


Francisco Javier Madueño
Técnico Superior en Servicios al Consumidor.



28 de abril de 2012

Aviso para Jazztel

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Hoy he recibido una llamada "anónima" a casa. Era Jazztel. Les he dicho que mi número de teléfono debe desaparecer de su base de datos. Me ha preguntado que porqué motivo, no me interesa su compañía, y le he contestado que estoy contento con la que tengo. Me pregunta el nombre. Y le contesto que no estoy autorizado a decirlo. Y me cuelga.

No tengo nada en contra de la trabajadora que ha hecho la llamada, pero sepan ustedes que existe una Ley de protección de datos, y yo ya le he dicho a Jazztel lo que tienen que hacer con los míos. Si no lo cumplen, hay mecanismos legales para defender mis derechos.

Francisco Javier Madueño
Técnico Superior en Serivicios al Consumidor

22 de abril de 2012

¿Recibe llamadas telefónicas no deseadas con propuestas comerciales?

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A mi me ha pasado muchas veces. Te llaman por teléfono a casa o al móvil para ofrecerte un producto, servicio, etc. Debes saber que la Ley considera desleal por agresivas estas prácticas sin tu consentimiento y que hay una vía para defender tu derecho a no recibir este tipo de llamadas telefónicas.

Si deseas asesoramiento al respecto, estoy a tu disposición para ayudarte a defender tus derechos.